Se DECLARO INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Nixel Raúl Mena Contreras, actuando en su condición de victima y debidamente asistido por los abogados Jesús Antonio Materan y Olga de Materan, contra la decisión dictada por el juez de juicio N° 01 extensión Valle de la Pascua, de fecha 13 de enero del año 2004 mediante la cual se le impuso al imputado Jean Carlo Bellorin Ortega la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, prevista en los ordinales 3, 4 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con el artículo 437 literal ¿b¿ del Código Orgánico Procesal Penal.