Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalia Décimo Primera Del Ministerio Publico del Estado Guárico, contra la decisión del Juzgado Tercero Mixto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, extensión Valle de la Pascua, de fecha 03 de junio del 2005, que absuelve al procesado Ronald Eduardo Olivero, de la acusación fiscal por el delito de robo agravado en grado de frustración , previsto en los artículos 460 y 80 segundo aparte del Código Penal para la época, en perjuicio de Miguel Angel Solano. En consecuencia se confirma la decisión confutada. Se funda la presente decisión en los artículos 451, 452 segundo aparte, 453, 455, 456, 457, 14 y 16 Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 253 Constitucional, todos ellos en armonía con el artículo 260 y 80 segundo aparte del Código Penal para la época.