Se declaró Improcedente In Limine Litis, la acción de amparo propuesta por la abogada Trina del Valle Hernández González, quien actúa en defensa de los derechos de los ciudadanos Juan Hugo Farías y Julio César Veloz Beltrán, en contra del Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, extensión Valle de la Pascua en la persona de su jueza, la abogada Kisberly Andreina Matos Arévalo, por no darse los supuestos legales de procedencia a que se refieren los artículos 2, 3, 4 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.