En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA ACUMULACIÓN DE LA CAUSA contenida en el presente expediente signado con el T.S.A-0011-12 de la nomenclatura del Juzgado Superior de la Circunscripción Judicial de los Estado Apure y Amazonas y JSAG-266, de la nomenclatura particular de este Tribunal, contentivo del Recurso de Nulidad interpuesto por la AGROPECUARIA AGROFLORA, representada judicialmente por el abogado ALEJANDRO ARCAY ARCAY, en su carácter de Consultor Jurídico de la misma en contra los actos administrativos dictados por el directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, el primero en sesión Nº 406-11, punto de cuenta Nº 01, de fecha 21 de Septiembre de 2.011.(ASI SE DECIDE)