Vista la diligencia presentada en esta misma fecha por la abogada Yndrid Josefina Aquino Infante, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.623.143, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 31.312, actuando en representación del ciudadano Mate Malcok mediante la cual expone: "...Visto el escrito de respuesta de este honorable tribunal que riela al folio (966)del Cuaderno Separado del presente expediente Nº JSAG-455/2017 pieza IV/IV, líneas 9, 10 y 11, observo que no fue incluido mi hermano y socio de la "Agropecuaria El Tranquero MM C.A, Marco Gusvan Malcok Gamarra, cédula de identidad Nº V- 15.812.877, quien al igual mi persona aun estamos en el predio en conflicto...". En consecuencia este Juzgado Superior ordena agregar la diligencia y los anexos consignado al expediente con el cual se relaciona.