PRIMERO: COMPETENTE, para conocer el presente recurso de apelación, interpuesto en fecha 01 de noviembre de 2018, ejercido por la profesional del derecho OSWALDO JOSÉ BARONA SALAZAR, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.615.307, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 70.358, en representación de los ciudadanos CARLOS TOVAR, ÁNGEL PÉREZ, ANA GALLARDO, ROSA GONZÁLEZ Y YORATCE MENDOZA, entre otros. Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.684.800, V-4.669.056, V-17.164.441, V-11.998.951 y V-16.913.886. (Apelante), contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico de fecha 26 de octubre del 2018.
SEGUNDO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 01 de noviembre de 2018, ejercido por el abogado OSWALDO JOSÉ BARONA SALAZAR, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.615.307, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 70.358, en repres.....