PRIMERO: COMPETENTE, para conocer el presente recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos Leonardo Eufemio Velásquez Requena y Marisol Fernández de Velásquez, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 4.799.140 y V-8.555.865, asistidos por el abogado Omar Antonio Flores, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.394.890, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 1.870.
SEGUNDO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 08 de noviembre de 2.013, contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 28 de octubre de 2.013, por los ciudadanos Leonardo Eufemio Velásquez Requena y Marisol Fernández de Velásquez, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 4.799.140 y V-8.555.865, asistidos por el abogado Omar Antonio Flores, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-.....