En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer las solicitud de Medidas Cautelar de Protección a la Producción Agroalimentaria, interpuesta por la abogada Ingrid Josefina Aquino Infante, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.623.143, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 31.312, actuando en representación judicial de los ciudadanos Mate Roberto Malkoc Gamarra y Marco Gusvan Malkoc Gamarra venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V- 15.812.878 y 15.812.887.
SEGUNDO: Se declara PROCEDENTE la Medida Cautela de Protección a la Producción Agroalimentaria, sobre un lote de terreno denominado "FUNDO MIS VIEJOS II", ubicado en el sector Santa Rosa, Parroquia Camaguán, Municipio Camaguán del estado .....