Visto el escrito presentado en fecha 08 de enero del corriente año, por el abogado Francisco José Carrero, titular de la cédula de identidad N°V-7.214.324, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 63.715, asistiendo al ciudadano José Aquiles Méndez Bello, titular de la cédula de identidad N° V-4.567.509, mediante el cual expuso lo siguiente:
"...Solicito la entrega material de las TRES MIL TRESCIENTAS SETENTA Y CINCO HECTAREAS (3375 Hs) no afectadas por tal Decisión y que a su vez se encuentran alinderadas de la siguiente manera: NORTE: terrenos que son o fueron de Cesar Arana, SUR: Terrenos de CUATROCIENTAS HECTAREAS (400 Hs) pertenecientes al Fundo SANTO DOMINGO afectados por la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA ANTICIPADA AGRARIA, ocupadas y administradas por MERCAL C.A; ESTE: Con Terrenos que son o fueron de Cesar Arana y carretera dos caminos calabozo-Calabozo y OESTE: Terrenos que son o fueron de Bernabé Ruido y Alfonzo Ruido. Solicitamos a su vez se discrimine las CUATROCIENTAS HECTARE.....