PRIMERO: Se Declara COMPETENTE para conocer el presente recurso de apelación intentado por la ciudadana MARIA JOSEFINA MONTEZUMA en contra del ciudadano DIOMAR RAFAEL GONZALEZ.
SEGUNDO: Declara DESISTIDO el recurso de apelación intentado por la ciudadana MARIA JOSEFINA MONTEZUMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.238.617, representada por el abogado JUAN ERASMO MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 2.809.261, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 96.903, en contra del ciudadano DIOMAR RAFAEL GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.166.205.
TERCERO: Como consecuencia del particular anterior se Ratifica la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 25 de Enero de 2012.