De la interpretación de la norma, este sentenciador observa que no existen mayores condiciones que la manifestación de disconformidad con el dispositivo del fallo, en consecuencia este Tribunal, acuerda oír en un solo efecto la apelación interpuesta por el ciudadano. EULALIO ANTONIO ESQUEDA YÁÑEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.196.896, asistido por el abogado ELIO OMAR RANGEL TROCELL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.540.089 inscrito en inpreabogado bajo el Nº 98.590. Así se decide.