DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la Medida Cautelar de Protección a la Actividad Agrícola y Pecuaria, sobre un lote de terreno denominado fundo "La Atarraya" ubicado en el sector la Culata, Municipio El Socorro del estado Guárico, constante de una superficie aproximada de seiscientos noventa y dos hectáreas con siete mil setecientas noventa y seis metros cuadrados (692 has con 7.796m2), solicitada por la abogada Sandra Anaís Irala Cornivel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-13.907.575, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 94.132, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Aidee del Valle Camacho, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.422.156. Asimismo se observa qu.....