Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO y de PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción por Cobro de Costas Procesales intentada por la parte actora Ciudadano JOSE RAMON CALDERON TALAVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.277.769, domiciliado en esta ciudad de San Juan de los Morros, estado Guárico, en contra de la Ciudadana MILAGROS DEL VALLE PEREZ BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.280.711, domiciliada en la Calle Bermúdez, No 30, Segunda Planta, de esta ciudad de San Juan de los Morros, estado Guárico. Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el defensor Judicial de la parte demandada. En consecuencia Se CONFIRMA el fallo recurrido de fecha 17 de Noviem.....