Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de cumplimiento de contrato intentada por la parte actora Ciudadana Marleny de Jesús Barón de Siso, venezolana, mayor de edad, titulare de la cedula de identidad Nº V-8.421.936, en la Ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, en contra de la parte demandada Ciudadanos José Alberto Valera Delgado y Alicia Rafaela Contreras de Valera, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros V-5.333.632 y V-3.953.771, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, al no existir en las cláusulas del contrato compromiso de las partes contratantes con relación a la espera del crédito solicitado por la oferida, ni estipulación sobre la prorroga indeterm.....