PRIMERO: Se CONFIRMA la Sentencia recurrida, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 23 de Abril del año 2.008. En consecuencia, se declara CON LUGAR la Solicitud de Interdicción Definitiva intentada por la Ciudadana CARMEN BETY LAYA LOZADA, venezolana, mayor de edad de profesión abogada, titular de la cédula de identidad N° 4.116.462, de este domicilio, con relación a su hermano PEDRO MIGUEL LAYA LOZADA. En consecuencia, se declara como Tutora Definitiva del Ciudadano PEDRO MIGUEL LAYA LOZADA a la Ciudadana CARMEN BETY LAYA LOZADA, y se designa a los Ciudadanos LUIS DOMINGO, la solicitante CARMEN BETY, MARIA MERCEDES y ERILENE JEANNETTE LAYA LOZADA y LIZARDO ANIBAL BRAVO LAYA, como integrantes del Consejo de Tutela del notado de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código Civil. Se ordena a la solicitante registrar la presente decisión conforme al art.....