Por la razones de hecho y de derechos anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE, para conocer la presente causa de amparo constitucional y en consecuencia se ordena la notificación del presunto agraviante Tribunal Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Bancario y Transito del estado Guárico, al Fiscal del Ministerio Público, así como a la parte accionante en el juicio principal, y al Jefe de la Zona educativa del estado Guárico, para que una vez que conste en autos la ultima de las notificaciones, este tribunal fijara dentro de la Noventa y Seis (96) horas siguientes a las once (11) de la mañana la Audiencia Oral de Amparo Constitucional.
En cuanto a la medida cautelar solicitada este tribunal se pronunciara por auto separado.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada.....