DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada ciudadano BENITO GUTIERREZ FERRER, ampliamente identificado en la primera parte del presente fallo, en contra de la decisión interlocutoria dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en fecha 12 de Agosto del año 2.013, donde A.-) Niega la reposición de la causa solicitada por la parte demandada, argumentando de que el Tribunal dio cumplimiento a lo pautado en el artículo 17 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de Hidrocarburos Gaseosos y en tal sentido no hubo violació.....