Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de Resolución de contrato de venta de vehículo, interpuesta por la parte actora, Ciudadanos DAERVYLISI MEDINA GUTIERREZ y WILFREDO TERESEN TABATA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.084.595 y V-16.175.000 respectivamente. Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte Actora – recurrente y se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de fecha 28 de Septiembre de 2015., y así se establece.
SEGUNDO: Por cuanto existe vencimiento total, se condena en costas del recurso a la parte actora recurrente d.....