En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad expresa de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada INGRID AQUINO INFANTE, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora LIGIA HERNANDEZ, LILA HERNANDEZ, ANGELICA HERNANDEZ, ZORAIDA HERNANDEZ, CESAR ENRIQUE HERNÁNDEZ, ROSA MILEIDI HERNÁNDEZ, JOSÉ VICENTE HERNÁNDEZ Y NIEVES ANTONIO HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.551.294, V-5.619.416, V-5.619.417, V-8.550.701, V-8.628.044, V-8.628.043, V-8.618.732 y V-8.550.057, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico. Se CONFIRMA PARCIALMENTE el fallo dictado por el Juzgado Segundo de Munic.....