Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte co-demandada ciudadana MARLENE JOSEFINA LOPEZ OCHOA. Se CONFIRMA el auto de la recurrida, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en esta ciudad, de fecha 12 de Enero de 2016, mediante el cual el tribunal da por consumado el acto y da por terminado el presente juicio visto el desistimiento del procedimiento realizado por la parte actora y así se establece.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay expresa condenatoria en costas, y así se decide
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado .....