En consecuencia:
III.
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO y de PROTECCIÓN AL NIÑO Y AL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se Declara PROCEDENTE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano HECTOR LUIS PESCADOR GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.391.220, asistido en este acto por el abogado en ejercicio, JOSE LUIS DIAZ OROPEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.975.232, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 59.905, en contra del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, a través de Sentencia de fecha 16 d.....