PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora GLADYS CONCEPCIÓN GUTIERREZ DE MEZA, Venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Ciudad de Valle de la Pascua, de oficios del hogar, y titular de la Cédula de Identidad N° 3.952.307. Se CONFIRMA la Sentencia emanada de la recurrida, Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 13 de julio del año 2.005. En consecuencia, se niegan las medidas cautelares solicitadas y así se decide.
SEGUNDO: Por cuanto se confirma en su totalidad la Sentencia recurrida, se condena al pago de las COSTAS del recurso a la parte actora, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.
Publíquese, Regístrese y déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, y de Protección del Niño y d.....