.III.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la presente acción de cumplimiento de contrato intentada por la parte actora Ciudadana NUBIA JOSEFINA LUNA DE BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.551.063, domiciliada en el Municipio Autónomo Chaguaramas, Estado Guárico, en contra de la sociedad MERCANTIL SEGUROS C.A., originalmente denominada LA CENTRAL DE SEGUROS C.A. sociedad mercantil domiciliada en Caracas, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda el 20 de febrero de 1974 bajo el N° 66, Tomo 07-A y cuya última modificación fue efectuada el 11 de junio de 2009, , quedando anotada bajo el N° 12, Tomo 109-A-Pr.....