PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Acción de Cumplimiento de Contrato intentado por la parte actora Ciudadano MUJIB DARAUCHE DARAUCHE, venezolano, mayor de edad, comerciante, divorciado, titular de la cédula de identidad 4.392.610, en contra de los accionados Ciudadanos ABDALLAH DARAUCHE ELLVARA y AMIRA KANDILL DE DARAUCHE, Venezolano el primero y de nacionalidad Siria la segunda, mayores de edad, comerciante y de oficios del hogar respectivamente, titulares de las cédulas de identidad números 8.779.214 y E-297.300, sucesivamente; sobre el inmueble ubicado en la Avenida Bolívar N° 86 de esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, y dentro de los linderos siguientes: Norte: Con casa y solar que fue de la ciudadana Petra Zerpa de Torres, posteriormente edificada donde funcionó el Banco de Sangre, hoy sede de la Escuela de Arte y Oficios, Sur: Con casa y solar que fue del ciudadano Pedro García, hoy edificio Valera de la Sucesión Perdomo, Este: Con casa que es o fue del ciud.....