.III.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO y del TRÁNSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora Ciudadano FRANK ALEXIS VIÑA SEGOVIA, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.617.987, y domiciliado en la ciudad de Calabozo Estado Guárico. Se REVOCA el fallo de la recurrida Juzgado Primero de los Municipios Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 02 de noviembre de 2010 y se ordena se comience a computar el lapso para dictar sentencia en el presente proceso y así se decide.
Vista la motiva anterior, no hay expresa condenatoria en COSTAS, al ordenarse la continuación del procedimiento, suspendido por la recurrida en franca violación de los artículos 7 y 14 .....