.III.
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ROSA SARDINHA, en su carácter de co-demandada en el presente proceso, y titular de la Cédula de Identidad N° 6.020.819. En consecuencia se CONFIRMA el auto de la recurrida, Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Sala de Juicio, Juez Unipersonal N° 2, de fecha 02 de Diciembre de 2.003. En consecuencia se NIEGA la reposición solicitada y así se decide.
SEGUNDO: En razón de la naturaleza de la presente decisión no hay expresa condenatoria en COSTAS y así se establece.
Publíquese, regístrese y déjese copia autorizada.
Dada, firmada y s.....