PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora MIGDALIA JOSEFINA MATUTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.669.540, con domicilio en la vereda de la Calle Principal del Barrio Bicentenario Sector Giunta, casa sin numero de esta ciudad. Se declara la inadmisibilidad de la acción propuesta y se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 25 de julio del año 2.005,
SEGUNDO: Por la naturaleza de éste fallo que declara inadmisible la acción propuesta, no hay expresa condenatorias en COSTAS y así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guár.....