DISPOSITIVA
El Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aprehensión en flagrancia conforme a los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta la aplicación del procedimiento Ordinario conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal penal. TERCERO: declara con lugar la solicitud de la Defensa y decreta la Nulidad del Acto de Aprehensión conforme a los artículos 190, 191 195 del Código Orgánico Procesal Penal, por violación del artículo 44 Constitucional y como consecuencia ordena la libertad plena de la ciudadana ISMAIDY KARINA PERNALETTE PERNALETTE, venezolana, natural de Valencia, Estado Carabobo, nacido el 09-01-1973, de 37 años de edad, soltera, profesión indefinida, residenciada en el Sector Camoruco, carretera nacional vía Oriente, en el Bar Don Giovanni, de esta localidad, titular de la cédula de identidad N° V-12.....