DISPOSITIVA
Finalmente, la Juez pasa a exponer brevemente los fundamentos de hecho y de derecho de la decisión, cuya dispositiva quedo dictada en los siguientes términos: Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite parcialmente la acusación y totalmente los medios probatorios por ser lícitos, necesarios y pertinentes de la Fiscalia 16º del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, y los Medios Probatorios de la representación fiscal, conforme a lo establecido en articulo 330, numerales 2 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en DENNY RUIZ YZTURIZ por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO en GRADO DE FRUSTRACION Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES previstos y sancionados en los artículos 458 en relación con el 80 .....