DISPOSITIVA
Finalmente la Juez, previa formalidades de Ley, expuso los fundamentos de lo decidido e indicó la dispositiva de la siguiente manera: Por las razones que anteceden, este Tribunal de Control No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO.- Se decreta los hechos como flagrantes como es establecido por el Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, acordando proseguir la causa bajo las normas del Procedimiento Ordinario previstos en el artículo 373 ejusdem. SEGUNDO.- Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en el ordinal 3º y 9del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal consistente en: a: Presentaciones cada treinta (30) días por ante la oficina de alguacilazgo de este circuito judicial penal; b: prohibición expresa de posesión y distribución de este tipo de sustancia .TERCERO: se ordena.....