DISPOSITIVA
Este tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: Se Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano RAMON ALBERTO GALLARDO, conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de DRESTRUCCIÓN DE VEGETACIÓN EN LA MODALIDAD DE CORTE Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 107, numeral 1º de la Ley de Bosques y Gestión Forestal, y en el artículo 277 del Código Penal; SEGUNDO: Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente caso, toda vez que se requiere realizar las diligencias de investigación a fin de determinar la certeza en la comisión del hecho presentado, las circunstancias calificantes y las responsabilidades a que haya lugar, de conformidad con lo establecido en los artículos 283, 300 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se Impone Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano RAMON ALB.....