Pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda proseguir la presente causa, bajo las normas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se impone a los imputados TORREALBA WOLFANG ÁNGEL y PEÑA SANTANA HIPÓLITO RAMÓN, de una de las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVATIVA, de conformidad con el artículo 256 numeral 3. del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de INVASIÓN, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 eiusdem, en relación con el artículo 9 de la Ley Especial Contra Armas y Explosivos, en perjuicio del ciudadano DOMINGO RAFAEL ARVELAEZ CAMPOS. TERCERO: Se declara con lugar lo solicitado por la representación fiscal y parcialmente con lugar lo solicitado por la defensa privada.