DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de denominado "El Socorro" ", ubicado en el sector El Frío , asentamiento campesino sin información, Parroquia Calabozo, municipio Francisco de Miranda, Estado Guárico, constante de una superficie de 5 hectáreas con seis mil cuatrocientos dieciocho metros cuadrados ( 5 has con 6418 metros cuadrados) alinderado de la siguiente manera; Norte: Terreno ocupado por Ramón Silva. Sur; Río Guárico. Este: Rio Guárico y Oeste; terrenos ocupados por Eleazar Cedeños, a favor del ciudadano Hugo Cesar Soto, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de iden.....