DISPOSITIVA
Es por todo lo antes expuesto y analizado que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Competente para conocer del juicio Acción Derivada de Perturbaciones a Daños a la Propiedad o Posesión Agraria, incoada la ciudadana Adelina Ramona Laya Lima, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.194.335, asistida por el abogado José Arquímedes Díaz, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nº 60.919
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria de confesión ficta dispuesta en la parte motiva de este fallo, se declara con lugar la demanda de Acción Derivada de Perturbaciones a Daños a la Propiedad o Posesión Agraria, incoada la ciudadana Adelina Ramona Laya Lima, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.194.335,.....