DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno denominado "Las Caracaras", ubicado en el sector Sabaneta La Yeguera, Parroquia Guardatinajas, Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, constante de una superficie de ciento seis hectáreas con cinco mil ochocientos cincuenta metros cuadrados (106 has, con 8.850 mts2), alinderado de la siguiente manera, Norte: Terreno ocupado por el fundo La Mancinera; Sur: Terreno ocupado por los fundos La Yeguera Sosera y Las Caracaras; Este: Terreno Ocupado por el fundo San José y Oeste: Terrenos Ocupados por Hermanos Lister Nicolossi, a favor.....