Este Tribunal visto lo solicitado por las partes, acuerda: PRIMERO: se acuerda la devolución de los documentos originales solicitados por la parte actora, dejándose copia certificada de los mismos en el expediente. SEGUNDO: se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar que pesa sobre el bien inmueble, oficiándose al Registro Público del Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, a los fines de que se sirva estampar la correspondiente nota marginal. Líbrese oficio. TERCERO: Se acuerda oficiar al Banco Provincial S.A., Banco Universal, a los fines de que se sirva liberar la Hipoteca que pesa sobre el bien inmueble objeto de la presente demanda. Líbrese oficio.- se ordena el archivo del presente expediente