REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Calabozo, 31 de Octubre de 2.016
206º y 157º
Visto el escrito de Solicitud de Justificativo para Perpetua Memoria, presentado por el ciudadano Luís Armando Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.516.622, actuando en nombre y representación del ciudadano Luís Armando Ramírez Alfonzo, venezolano, mayor de edad, titular de La cédula de identidad Nº V- 15.101.639, según consta en poder autenticado por ante La Notaria Publica Tercera del municipio Chao del estado Miranda, asistido por el abogado Rubén Darío Celis, inscrito en el inpre-abogado bajo el Nº 20.714.
Ahora bien, a los fines de su admisión, resulta conveniente hacer la siguiente consideración:
De las revisiones procesales que conforman la presente solicitud, esta Instancia Judicial pudo evidenciar que el testigo promovi.....