SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del presente asunto, incoado contra de PEDRO NOLASKO GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.366.233, por el presunto delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículo 460 del Código Penal en perjuicio del ciudadano JULIO CESAR BOLIVAR, de conformidad con lo establecido en los artículo 318 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, notifíquese la presente decisión.