este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial penal del Estado Guarico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, amparado en la facultad conferida por los artículos 26 Constitucional, 282 y 311, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, Declara Sin lugar la solicitud de entrega del Marca TOYOTA,, MODELO LAND CRUISER, TIPO SPOR-WAGON, COLOR GRIS, PLACAS RAV-372, USO PARTICULAR, AÑO 1985, formulada por el ciudadano LUIS ALFREDO HERNANDEZ REVERON.
Regístrese, publíquese y remítase las presentes actuaciones a la Fiscal Primera del Ministerio Público en su oportunidad legal. Cúmplase.-
LA JUEZ,
YAJAIRA MORA BRAVO.
LA SECRETARIA
ABG. REBECA MAZANARES