DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD en contra del imputado JEAN CARLOS RADA ORTA, plenamente identificado, declarándose Con lugar la solicitud de la Defensa y SIN LUGAR la solicitud Fiscal, por encontrarse incurso en la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano HECTOR LANDAETA MANZANO, conforme lo previsto en los ordinales 3º, 4º, 5º, 6º y 9º del artículo 256 ejusdem, consistentes en Presentaciones periódicas cada Ocho (8) días ante este Tribunal, Prohibición de ausentarse de la jurisdicción del Estado Guárico, sin la autorización del Tribunal, Prohibición de acudir a las cercanías del lugar de residencia de la victima, Prohibició.....