DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público y se Califican los hechos como flagrantes y acuerda la continuación de la causa bajo las reglas del procedimiento abreviado, conforme a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal penal, en consecuencia se ordena la remisión de las presentes actuaciones al tribunal unipersonal de juicio de este circuito, instando a las partes a comparecer al mismo en la oportunidad legal correspondiente. SEGUNDO: Se decreta medida privativa de libertad al imputado ANEXIS JOSE ZAPATA CAMACHO, quien es venezolano, natural de San Fernando de Apure, Estado Apure, de 30 años de edad, nacido 27-09-74, , soltero, de oficio Tax.....