DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se decreta la Flagrancia y se ordena la aplicación de procedimiento Abreviado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 Sobre la Ley de Violencia Contra la mujer y la familia, declarándose con lugar la solicitud fiscal. SEGUNDO: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de de libertad al ciudadano TEJADA RODOLFO RAFAEL, quién dijo ser Venezolano, natural de Altagracia de Orituco Estado Guárico, de 32 años de edad, nacido desconoce, Soltero, oficio, obrero, residenciado en la Calle Gil Pulido, casa N° 39 Altagracia de Orituco Estado Guárico, titular de la cédula de identidad V- 12.811.859, Hijo de Waldina Tejada (v) y Pedro Guevara por la presunta comisión de los delitos de Amenaz.....