DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ordena la continuación del presente proceso por las reglas del procedimiento ordinario conforme a lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se impone medida cautelar sustitutiva de libertad conforme al artículo 256 del Código orgánico procesal penal, al imputado LUIS EDUARDO MACEDO BAEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 9.119.165,natural de San Juan de los Morros Estado Guarico, de 42 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio comerciante,, residenciado en la calle Sucre, casa nº 4, de esta localidad, por la presunta comisión del delito de fuga de detenido previsto y sancionado en el artículo 258 del Código penal .....