Vista la solicitud realizada mediante oficio Nº 12F16-663-2010, recibida en esta misma fecha, emanada de la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de este Estado, suscrita por la ciudadana Abg. MILAGROS MUÑOZ , mediante la cual ratifica se expida Orden de Visita Domiciliaria (Allanamiento), POR EL LAPSO DE SIETE DÍAS, conforme a lo dispuesto en los artículos 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la misma fue recibida extemporáneamente en ese Despacho Fiscal, de los autos se evidencia que la visita es con el objeto de practicarse en: BARRIO EL CEMENTERIO CALLEJÓN LÓPEZ CONTRERAS EN UNA VIVIENDA CON FACHADA DE COLOR AZUL Y REJAS BLANCO SAN JUAN DE LOS MORROS ESTADO GUÀRICO INMUEBLE DONDE HABITA LA CIUDADANA CONOCIDA COMO "BELKIS", en virtud de la investigación ordenada N° 12F16-448-10, por la presunta comisión de uno de los delitos de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias.....