DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se revoca por incumplimiento la Medida Cautelar Sustitutiva impuesta al ciudadano JULIO ALBERTO JARAMILLO APONTE, ampliamente identificado, con ocasión de la audiencia de presentación y se le impone Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en contra del mismo por la presunta comisión del delito DE LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio de la ciudadana E.G.E.L (adolescente identidad omitida por mandato legal) y se ordena su reclusión en el Internado judicial Los Pinos de esta ciudad, todo ello de conformidad co.....