PRIMERO: ENTREGA O DEVUELVE el vehículo automotor, cuyas características son: marca MACK, clase CAMIÓN, modelo DM815, tipo CHUTO, serial de carrocería DM815SX1506; serial del motor ETAZ3673A703281; placas 503-XHF, color ROJO, año: 1988, de uso CARGA; a la sociedad mercantil SHAMROCK INTERNACIONAL C.A., representada legalmente por la ciudadana MARIANA ALCANTARA SEGURA, por haberse acreditado la propiedad y titularidad del vehículo en cuestión, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, aunado a lo establecido en las disposiciones de los artículos 4 y 48 del Decreto Nº 1.535, con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre N° 1.535, de fecha 08-11-2001 y en concordancia con lo estipulado en el artículo 26 de la Carta Magna.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR, las solicitudes de los ciudadanos ANTHONY GUALARIO y WILFREDO PEÑA, representados por la aboga.....