PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal y LA PROCEDENCIA DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN, DETENCIÓN O CAPTURA, respecto de la ciudadana CARIDAD JOSEFINA POLANCO TORREALBA, quien reside en la Urbanización Rómulo Gallegos, Barrio 12 de Octubre, segunda etapa, Nº 15-A de esta ciudad y estado, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250 en su encabezamiento, numerales y primer aparte, 251 numerales 3. y 4. y 262 numeral 2. en su parte final del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Declara, de conformidad con lo establecido en el artículo 74 numeral 1. del Código Adjetivo Penal, la SEPARACIÓN DE LA PRESENTE CAUSA con relación los acusados ANGEL ALEXANDER SILVA ESCALA y CARIDAD JOSEFINA POLANCO TORREALBA, por una parte, quienes fueron acusados como coautores, respecto al delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA CONTINUADA EN GRADO DE COOPERACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal derogado, en concordancia a lo preceptuado en los artículos 83 y .....