DISPOSITIVA Por todas las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Unipersonal de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE al acusado: RICHARD RAFAEL RODRIGUEZ YAGUARAN, natural de Puerto Píritu, Estado Anzoátegui, nacido en fecha: 10-01-77, de 27 años de edad, albañil , soltero, hijo de Leonicio Rodríguez y Nilsida Yaguarán, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.874.644, residenciado en el Sector Plural I, calle Nº 01, casa S/N de Altagracia de Orituco, Estado Guarico; de la acusación Fiscal que por el delito de ROBO A MANO ARMADA, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO , APROVECHAMIENTO DE ARMA DE FUEGO PROVENIENTE DEL DELITO, previstos y sancionados en los artículos: 460, 278 y 472 Primer Aparte del Código Penal, al principio de esta Audiencia Oral y Pública .....