Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Juicio Número 01 del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dicta el siguiente pronunciamiento:
DECRETA EL SOBRESIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JOSE DOMINGO MUÑOZ, venezolano, de 35 años de edad, obrero, residenciado en el Barrio Pueblo Nuevo, casa Nº 15, calle Uruguay, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.119.534, por el delito de POSESIÓN ILICITO DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancia Estupefaciente y Psicotropicas conforme a lo pautado en el artículo 45 (antes Art. 40) del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia decreta la Extinción de la acción penal, a tenor de lo pautado en el artículo 48 ordinal 7º ejusdem. Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido de conformidad con la norma del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Dada firmada y sellada en el Circui.....