DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia Mixto en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
CONDENAN al ciudadano: ALEXANDER JOSE BENITEZ AGUILAR, VENEZOLANO, nacido en Trujillo, de 19 años de edad, nacido el día 04-04-1984, chofer, hijo de Nicolás Benítez y Soledad Aguilar, residenciado en el Sector San Nicolás, Barrio La Morera, casa Nº 28, de San Juan de los Morros, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.043.285, a la pena de Doce (12) años de presidio por ser el autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal; así como las accesoria del Ley y al pago de Costas procesales, de conformidad con el artículo 16 del Código Penal y el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal.
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